Hoja No. 1 / 37
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente del Consejo de Estado de la
República de Cuba.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: La informatización de la sociedad en Cuba desempeña un
papel significativo en el desarrollo político, económico y social del país y
constituye un medio efectivo para la consolidación de las conquistas del
Socialismo y el bienestar de la población.
POR CUANTO: Resulta de interés del estado cubano para elevar la
soberanía tecnológica, en beneficio de la sociedad, la economía, la seguridad
y defensa nacional; contrarrestar las agresiones cibernéticas, salvaguardar
los principios de seguridad de nuestras redes y servicios; así como defender
los logros alcanzados por el Estado Socialista, siendo necesario emitir la
norma jurídica que regule la informatización de la sociedad en Cuba.
POR TANTO: El Consejo de Estado en el ejercicio de las atribuciones que le
han sido conferidas en el inciso c), del Artículo 90 de la Constitución de la
República de Cuba, adopta el siguiente:
DECRETO-LEY No. 370
“SOBRE LA INFORMATIZACIÓN DE LA SOCIEDAD EN CUBA”