República de Cuba
Consejo de Ministros
MIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de los consejos de
Estado y de Ministros de la República de Cuba.
HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros ha considerado lo
siguiente:
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 370 “Sobre la Informatización de la
Sociedad en Cuba”, del 17 de diciembre del 2018, en su Disposición
Final Primera encarga al Consejo de Ministros dictar disposiciones
complementarias sobre la Industria de Programas y Aplicaciones
Informáticas.
POR CUANTO: El referido Decreto-Ley No. 370, establece las
regulaciones generales aplicables a la determinación del alcance de la
Industria Cubana de Programas y Aplicaciones Informáticas para
promover, perfeccionar e incrementar la producción nacional y las
exportaciones de los productos de la industria y a la sustitución de
importaciones, acciones que requieren ser implementadas mediante las
normas complementarias que resulten necesarias.
POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones
que le están conferidas en el Artículo 137, incisos ñ) y o), de la
Constitución de la República de Cuba, decreta lo siguiente:
DECRETO NO. 359
SOBRE EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA CUBANA DE
PROGRAMAS Y APLICACIONES INFORMÁTICAS
CAPÍTULO I
OBJETO, OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 1. El Estado promueve el desarrollo y utilización de la Industria
Cubana de Programas y Aplicaciones Informáticas, en lo adelante la
Industria, con el objetivo de contribuir a respaldar las prioridades de la
informatización en beneficio de la economía, la sociedad y la Seguridad y
Defensa Nacional, para alcanzar un crecimiento sustancial de su
ejecución y servicios asociados.
Artículo 2. El presente Decreto tiene como objeto establecer el marco
legal reglamentario que ordene y garantice el derecho al acceso y
participación de las personas en el desarrollo de la Industria cubana de
programas y aplicaciones informáticas, en correspondencia con lo