VERSIÓN APROBADA POR EL SENADO Y LA CÁMARA DE REPRESENTANTES
PROYECTO DE LEY NÚMERO 335/08 CÁMARA Y NO. 178/07 SENADO
“Por Medio Del Cual Se Expiden Normas Para Fortalecer El Marco Legal Que
Permite A Los Organismos, Que Llevan A Cabo Actividades De Inteligencia Y
Contrainteligencia, Cumplir Con Su Misión Constitucional Y Legal, Y Se Dictan
Otras Disposiciones.”
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Capítulo I
Principios Generales
Artículo 1. – Objeto y alcance. La presente ley tiene por objeto fortalecer el marco legal
que permite a los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia cumplir adecuadamente con su misión constitucional y legal, estableciendo los
límites y fines de sus actividades, los principios que las rigen, los mecanismos de control y
supervisión, la regulación de sus bases de datos, la protección de sus miembros, la
coordinación y cooperación entre sus organismos y los deberes de colaboración de las
entidades públicas y privadas entre otras disposiciones.
Artículo 2. – Definición de la función de inteligencia y contrainteligencia. La función
de inteligencia y contrainteligencia es aquella que se desarrolla por organismos especializados del Estado, del orden nacional, dedicados al planeamiento, recolección,
procesamiento, análisis y difusión de la información necesaria para defender los derechos
humanos, prevenir y combatir amenazas, internas o externas, contra la convivencia
democrática, la seguridad y la defensa nacional, y demás fines enunciados en esta ley.
Artículo 3. – Organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia. Organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia. Las actividades de inteligencia y contrainteligencia son llevadas a cabo por las
dependencias de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional reglamentados por éstas para
tal fin; el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) y la Unidad de Información y
Análisis Financiero (UIAF). Estos cumplen su función a través de operaciones básicas y
especializadas, utilizando medios humanos o técnicos. Estos organismos conforman la
comunidad de inteligencia y son los únicos autorizados para desarrollar labores de
inteligencia y contrainteligencia en el ámbito de la seguridad y la defensa nacional.