116 plazo de diez días corridos desde la publicación o notificación, lo que haya tenido lugar en último término, sin que se hubieran presentado interesados a deducir sus derechos, se documentará la correspondiente traslación de dominio mediante certificado notarial que deberá relacionar las resultancias del expediente respectivo". Artículo 157.- Facúltase al Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" a contratar personal idóneo para la tripulación de las embarcaciones afectadas a los servicios de balsa, control de dragado, balizamiento, estudios batimétricos y operaciones de varado y botada de los varaderos de Carmelo y Paso de los Toros, por hasta veinticinco personas, bajo la modalidad de contrato laboral al amparo de lo dispuesto por el artículo 54 de la Ley Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010. Las contrataciones no podrán tener un plazo superior a los doce meses. Se priorizará la contratación de personal residente en la zona donde se prestará el servicio. El contratado no adquirirá la calidad ni la condición de funcionario público, ni derecho a permanencia. El salario y la categoría laboral serán fijados atendiendo a la actividad desarrollada por el contratado, en función de la rama de actividad. Previo al vencimiento del plazo el Ministerio de Transporte y Obras Públicas podrá por razones de servicio debidamente fundadas, poner fin a la relación contractual en cualquier momento, con un preaviso de treinta días, sin que se genere derecho a reclamo

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