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destinará a la Facultad de Ingeniería de la Universidad de la República, para el fomento
de la matrícula de Agrimensura y apoyo académico de dicha carrera de grado.
Artículo 160.- Sustitúyese el inciso tercero del artículo 173 de la Ley Nº 18.834, de 4
de noviembre de 2011, en la redacción dada por el artículo 109 de la Ley Nº 19.535, de
25 de setiembre de 2017, por el siguiente:
"El Poder Ejecutivo reglamentará la presente disposición, determinando los
créditos presupuestales, recursos humanos, financieros y materiales a reasignar
para su cumplimiento".
INCISO 11
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
Artículo 161.- Sustitúyese el artículo 112 de la Ley Nº 18.437, de 12 de diciembre de
2008, por el siguiente:
"ARTÍCULO 112. (Coordinación del Sistema Nacional de Becas).- La Comisión
Nacional de Becas, constituida de acuerdo a lo establecido por el artículo 115 de
la Ley Nº 15.851, de 24 de diciembre de 1986, e integrada por un representante
del Fondo de Solidaridad, creado por la Ley Nº 16.524, de 25 de julio de 1994, y
sus modificativas, y por un representante de la Universidad Tecnológica, creada
por la Ley Nº 19.043, de 28 de diciembre de 2012, aprobará las solicitudes de