Artículo 54 Se reconoce el derecho de concentración, manifestación y movilización pública de conformidad con la ley. Artículo 55 Los ciudadanos nicaragüenses tienen derecho de organizar o afiliarse a partidos políticos, con el fin de participar, ejercer y optar al poder. CAPÍTULO III Derechos sociales Artículo 56 El Estado prestará atención especial en todos sus programas a los discapacitados y los familiares de caídos y víctimas de guerra en general. Artículo 57 Los nicaragüenses tienen el derecho al trabajo acorde con su naturaleza humana. Artículo 58 Los nicaragüenses tienen derecho a la educación y a la cultura. Artículo 59 Los nicaragüenses tienen derecho, por igual, a la salud. El Estado establecerá las condiciones básicas para su promoción, protección, recuperación y rehabilitación. Corresponde al Estado dirigir y organizar los programas, servicios y acciones de salud y promover la participación popular en defensa de la misma. Los ciudadanos tienen la obligación de acatar las medidas sanitarias que se determinen. Artículo 60 Los nicaragüenses tienen derecho de habitar en un ambiente Texto aprobado por saludable, así como la obligación de su preservación y conservación. el artículo décimo El bien común supremo y universal, condición para todos los primero de la Ley demás bienes, es la madre tierra; ésta debe ser amada, cuidada y No. 854 regenerada. El bien común de la Tierra y de la humanidad nos pide que entendamos la Tierra como viva y sujeta de dignidad. Pertenece comunitariamente a todos los que la habitan y al conjunto de los ecosistemas. 30

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