República de Cuba Consejo de Ministros Secretaría x) desarrollar entrenamientos de Ciberseguridad en los ejercicios que se ejecuten para elevar la defensa del país en el Ciberespacio y comprobar la efectividad de los planes orientados a dar respuesta a incidentes de Seguridad de las TIC; e y) incrementar la calidad de la gestión del capital humano especializado en la Seguridad de las TIC. Artículo 26. El Ministerio de Comunicaciones, de conformidad con sus atribuciones y funciones específicas, es el responsable de las actividades siguientes: a) Fortalecer la infraestructura de seguridad en las redes informáticas; b) establecer y controlar la implementación de configuraciones básicas de seguridad orientadas al fortalecimiento de las aplicaciones y equipos que operan en el perímetro de las redes informáticas de las entidades; c) adquirir y desarrollar equipamientos y programas informáticos especializados para el procesamiento y almacenamiento de las evidencias digitales relacionadas con incidentes de Ciberseguridad; d) facilitar el hospedaje de los servicios de las entidades estatales y del sector no estatal en los centros de datos públicos para garantizar la racionalidad de las infraestructuras de seguridad y su despliegue y minimizar su diseminación; e) perfeccionar el marco legal con la finalidad de sustentar la seguridad de las TIC en la informatización de la sociedad para establecer interoperabilidad, integridad, confidencialidad, disponibilidad y no repudio de la información; f) establecer los mecanismos a emplear para la prevención y respuesta a incidentes de seguridad informática que involucren las TIC ubicadas en los hogares y las áreas públicas para el acceso al ciberespacio, por parte de las personas naturales y jurídicas; y g) garantizar la recopilación de los incidentes de Ciberseguridad que se detecten. 10

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