18. Crear comisiones permanentes, especiales y de investigación.
19. Conceder pensiones de gracia y conceder honores a servidores
distinguidos de la patria y la humanidad.
20. Determinar la división política y administrativa del territorio
nacional.
21. Conocer y hacer recomendaciones sobre las políticas y planes
de desarrollo económico y social del país.
22. Llenar las vacantes definitivas del Vicepresidente de la
República, del Presidente y el Vicepresidente, cuando éstas se
produzcan simultáneamente.
23. Autorizar la salida del territorio nacional al Presidente de la
República cuando su ausencia sea mayor de quince días, y la del
Vicepresidente, cuando éstas se produzcan simultáneamente.
24. Recibir de las autoridades judiciales o directamente de los
ciudadanos las acusaciones o quejas presentadas en contra
de los funcionarios que gozan de inmunidad, para conocer y
resolver sobre las mismas.
25. Aprobar o reformar su Ley Orgánica y normativas internas.
26. Autorizar o negar la salida de tropas nicaragüenses del territorio
nacional.
27. Crear, aprobar, modificar o suprimir tributos, y aprobar los
planes de arbitrios municipales.
28. Aprobar, rechazar o modificar el Decreto del Ejecutivo que
declara la Suspensión de Derechos y Garantías constitucionales
o el Estado de Emergencia, así como sus prórrogas.
29. Recibir anualmente informes del Presidente del Consejo
Superior de la Contraloría General de la República o del
que el Consejo designe; del Procurador para la Defensa de
los Derechos Humanos; del Fiscal General de la República;
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