modificación respectiva con una antelación no inferior a 60 días calendario a aquél en que
se pretenda llevar a cabo la misma.
Parágrafo 3. Los operadores de telecomunicaciones deberán mantener y asegurar a los
organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia, un medio de
transporte que permita llamadas de voz encriptadas, a un costo más utilidad razonable, y
para un número especifico de usuarios en condiciones que no degraden la red del
operador ni la calidad del servicio que éste presta. Este medio se otorgará a solicitud de la
Junta de Inteligencia Conjunta; será exclusivo del alto gobierno y de los organismos de
inteligencia y contrainteligencia del Estado; y será regulado y controlado por la Junta de
Inteligencia Conjunta.
Capítulo VIII
Disposiciones De Vigencia
Artículo 33. – Vigencia. La presente Ley rige a partir de la fecha de su promulgación.
Artículo 34. – Derogatorias y declaratorias de subrogación. La presente ley deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2233 de 1995 “Por
medio del cual se crean el Sistema Nacional de Inteligencia, el Consejo Técnico Nacional
de Inteligencia, los Consejos Técnicos Seccionales de Inteligencia...” y el decreto 324 de
2000 “por el cual se crea el Centro de coordinación de la lucha contra los grupos de
autodefensas ilegales y demás grupos al margen de la ley”.
Se deroga el numeral 12 del artículo 89 de la Ley 1098 de 2006 “por la cual se expide el
Código de la Infancia y la Adolescencia”.
En el Decreto 517 de 2001 “por el cual se modifica la Organización Interna de la Unidad
Administrativa de Impuestos y Aduanas Nacionales”, se subrogan todas las disposiciones
que se refieren a la “Subdirección de Inteligencia” por la “Subdirección de Prevención”. En
el artículo 3 literal C se deroga la siguiente disposición: “las labores de inteligencia y los
operativos derivados de éstas, realizados por la Dirección de
Policía Fiscal y Aduanera, tendientes a”. En el artículo 5 se derogan las siguientes
disposiciones: “de inteligencia” en el literal A, “de inteligencia” en el literal E y “en
desarrollo de las actividades de inteligencia” en el literal F.