modificación respectiva con una antelación no inferior a 60 días calendario a aquél en que se pretenda llevar a cabo la misma. Parágrafo 3. Los operadores de telecomunicaciones deberán mantener y asegurar a los organismos que llevan a cabo actividades de inteligencia y contrainteligencia, un medio de transporte que permita llamadas de voz encriptadas, a un costo más utilidad razonable, y para un número especifico de usuarios en condiciones que no degraden la red del operador ni la calidad del servicio que éste presta. Este medio se otorgará a solicitud de la Junta de Inteligencia Conjunta; será exclusivo del alto gobierno y de los organismos de inteligencia y contrainteligencia del Estado; y será regulado y controlado por la Junta de Inteligencia Conjunta. Capítulo VIII Disposiciones De Vigencia Artículo 33. – Vigencia. La presente Ley rige a partir de la fecha de su promulgación. Artículo 34. – Derogatorias y declaratorias de subrogación. La presente ley deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2233 de 1995 “Por medio del cual se crean el Sistema Nacional de Inteligencia, el Consejo Técnico Nacional de Inteligencia, los Consejos Técnicos Seccionales de Inteligencia...” y el decreto 324 de 2000 “por el cual se crea el Centro de coordinación de la lucha contra los grupos de autodefensas ilegales y demás grupos al margen de la ley”. Se deroga el numeral 12 del artículo 89 de la Ley 1098 de 2006 “por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”. En el Decreto 517 de 2001 “por el cual se modifica la Organización Interna de la Unidad Administrativa de Impuestos y Aduanas Nacionales”, se subrogan todas las disposiciones que se refieren a la “Subdirección de Inteligencia” por la “Subdirección de Prevención”. En el artículo 3 literal C se deroga la siguiente disposición: “las labores de inteligencia y los operativos derivados de éstas, realizados por la Dirección de Policía Fiscal y Aduanera, tendientes a”. En el artículo 5 se derogan las siguientes disposiciones: “de inteligencia” en el literal A, “de inteligencia” en el literal E y “en desarrollo de las actividades de inteligencia” en el literal F.

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