República de Cuba
Consejo de Ministros
Secretaría
Artículo 71. Los órganos, organismos de la Administración Central del
Estado, el Banco Central de Cuba, las entidades nacionales y los
órganos del Poder Popular, de conjunto con los ministerios de Economía
y Planificación y el de Finanzas y Precios, evalúan el respaldo financiero
para incrementar la Seguridad de las TIC en las redes informáticas, de
manera estable y sostenida, a partir de considerar la importancia de la
información y los servicios que sustentan, el que se define en el Plan
anual de la Economía.
Artículo 72. En todas las redes de datos se habilitan las opciones de
seguridad con que cuentan los sistemas operativos, de forma tal que
garanticen la protección de los servidores y las terminales, el acceso a la
información solamente por personal autorizado y los elementos que
permitan la supervisión y auditoría de los principales eventos por un
tiempo no menor de un año.
Artículo 73. El jefe del área o de la unidad organizativa que atiende las
TIC responde por la implementación y ejecución de los procedimientos y
normas que garanticen el empleo seguro de las TIC de forma general y
la protección de la seguridad de la red por niveles para evitar
interferencias, daños o accesos no autorizados, fugas de datos, robos o
falsificación de forma particular; para lograr este objetivo tiene las
responsabilidades siguientes:
a) Determinar las personas responsables de la seguridad de la red y los
sistemas que soporta, así como implementar mecanismos efectivos
de control y supervisión sobre la actividad que realizan, así como
aquellos que permitan filtrar o depurar la información que se
intercambie.
b) adoptar las medidas técnicas y organizativas para prevenir la
contaminación con programas malignos, ataques e intrusiones en la
red, así como otras acciones que pongan en peligro la seguridad de
las TIC;
c) elaborar planes de respuesta a incidentes de seguridad que
establezcan medidas para su prevención y, en caso de ocurrencia,
aseguren la actuación bajo el principio de la racionalidad y en
correspondencia con lo establecido a esos efectos; y
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