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sus cargos, en cargos de otro escalafón del mismo sistema.
Las transformaciones deberán cumplir con los siguientes requisitos:
A) Acreditar haber desempeñado satisfactoriamente, a juicio del jerarca inmediato,
las tareas propias del escalafón al que se pretende acceder y cumplir con los
requisitos del mismo.
B) Para ingresar a los Escalafones A "Personal Profesional Universitario" y B
"Personal Técnico Profesional", los solicitantes deberán presentar los respectivos
títulos, diplomas o créditos habilitantes, expedidos, registrados o revalidados por
las autoridades competentes.
C) Para ingresar al escalafón C "Personal Administrativo", los solicitantes deberán
demostrar formación administrativa, a través de certificados de cursos de nivel
medio, expedidos por los Consejos de Educación Secundaria y/o de Educación
Técnico Profesional de la Administración Nacional de Educación Pública, o por
Instituciones habilitadas por el Ministerio de Educación y Cultura.
D) Para ingresar al escalafón D "Personal Especializado", los solicitantes deberán
certificar haber adquirido el conocimiento de las técnicas que les permitan
desarrollar las funciones propias del escalafón al que accederían.
E) Para ingresar al escalafón E "Personal de Oficios", los solicitantes deberán
acreditar fehacientemente conocimientos y destreza en la ejecución de las labores
del oficio que desempeñarían.
F) Para ingresar al escalafón F "Personal de Servicios Auxiliares", deberán poseer
destrezas y habilidades para desarrollar las tareas definidas para el respectivo