262 M) Fundación Logros. N) Fundación Celeste. Ñ) Enseña Uruguay. 7) Otras instituciones no incluidas en los numerales anteriores: B) Asociación de Familiares de Víctimas de la Delincuencia (ASFAVIDE). La Fiscalía General de la Nación, informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a esta institución. C) Asociación Civil Un Techo para Uruguay. El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, informará respecto de la conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a esta institución. Artículo 352.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 78 del Título 4 del Texto Ordenado 1996: "El Poder Ejecutivo podrá establecer topes a los montos totales destinados a la ejecución de proyectos por este régimen, que no podrán exceder de un monto máximo anual de $ 436.000.000 (cuatrocientos treinta y seis millones de pesos

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