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M) Fundación Logros.
N) Fundación Celeste.
Ñ) Enseña Uruguay.
7) Otras instituciones no incluidas en los numerales anteriores:
B) Asociación de Familiares de Víctimas de la Delincuencia (ASFAVIDE).
La Fiscalía General de la Nación, informará respecto de la
conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a
esta institución.
C) Asociación Civil Un Techo para Uruguay. El Ministerio de Vivienda,
Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, informará respecto de la
conveniencia de los proyectos que se financien con las donaciones a
esta institución.
Artículo 352.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 78 del Título 4 del Texto
Ordenado 1996:
"El Poder Ejecutivo podrá establecer topes a los montos totales destinados a la
ejecución de proyectos por este régimen, que no podrán exceder de un monto
máximo anual de $ 436.000.000 (cuatrocientos treinta y seis millones de pesos