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"ARTÍCULO 489.- El pliego único de bases y condiciones generales será
complementado con un pliego de bases y condiciones particulares para cada
contratación.
Dicho pliego deberá contener como mínimo:
A) La descripción del objeto.
B) Las condiciones especiales o técnicas requeridas.
C) Los criterios objetivos de evaluación, conforme a uno de los siguientes
sistemas:
1) Determinación del o los factores (cuantitativos y/o cualitativos), así
como la ponderación de cada uno de ellos, a efectos de determinar la
calificación asignada a cada oferta.
2) Exigencia de requisitos mínimos, y posterior empleo, respecto de
quienes cumplan con los mismos, del factor precio en forma exclusiva u
otro factor de carácter cuantitativo.