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SECCIÓN IV
INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 02
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Artículo 29.- Créanse en el Inciso 02 "Presidencia de la República", unidad
ejecutora 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes", programa 481
"Política de Gobierno", los cargos de "Secretario Nacional de Ciencia y Tecnología" y
"Secretario Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático", con carácter de particular
confianza.
Inclúyese en el literal B) del artículo 35 de la Ley Nº 19.355, de 19 de diciembre de
2015, a los cargos creados en el inciso primero.
Lo dispuesto en el presente artículo se financiará con crédito del objeto del
gasto 099.001 "Partida Proyectada", no pudiendo generar costo presupuestal. La
Contaduría General de la Nación realizará las trasposiciones necesarias a efectos del
cumplimiento de la presente norma.